Coahuila.- El maestro Yoshio Gabriel Uchino Rodríguez presentó la Ley de Protección Integral y Garantías para el Ejercicio de la Función Educativa ciudadanas para proteger la labor de los docentes, directivos y personal de apoyo del sector educativo frente a violencia física, amenazas, hostigamiento, campañas de descrédito, retenciones dentro de planteles, exposición pública, investigaciones penales y reubicaciones injustificadas.
La propuesta, argumenta, no pretende colocar al personal educativo por encima de la ley: quien vulnere los derechos de una niña, niño o adolescente, deberá responder, bajo el principio de presunción de inocencia.
Se establece una regla clara: fuera del horario y ámbito escolar, la supervisión del uso de dispositivos, redes sociales, mensajería, videojuegos y plataformas digitales corresponde a madres, padres, tutores o quienes ejercen la guarda y custodia.
Eleva a rango de ley la protección física, laboral, jurídica, psicológica y preventiva para el personal educativo víctima de violencia; en casos de riesgo, la institución educativa deberá solicitar seguridad y presentar denuncia cuando la conducta pueda constituir delito.
Ante una acusación infundada, cuando se acredite el conocimiento de la falsedad y la finalidad de perjudicar al trabajador, éste podrá generar responsabilidad penal contra quien resulte responsable.
La Fiscalía deberá analizar la función concreta del trabajador y determinar si su actuación fue razonable dentro de un riesgo existente, con una investigación completa, objetiva y contextual.
Precisa que un reporte, investigación o medida de la Procuraduría para Niños, Niñas y la Familia, no será por sí mismo una resolución laboral, administrativa o penal contra el personal educativo. Si surgen hechos posiblemente atribuibles al personal, deberán remitirse a la autoridad competente sin prejuzgar, para que determine lo conducente.
Aplicar un protocolo, documentar hechos, reportar riesgos, preservar evidencias, aplicar reglas de convivencia o intervenir razonablemente ante una emergencia, no podrá generar por sí mismo traslado, reubicación, separación de grupo, reducción salarial, antecedente desfavorable, afectación de promoción o cualquier otra represalia laboral o administrativa.
En todo caso, el trabajador tendrá derecho a conocer los hechos, ser oído, aportar pruebas y contar con acompañamiento jurídico y, cuando lo solicite, sindical.
La iniciativa crea el derecho a la rehabilitación profesional, constancia formal de no responsabilidad, corrección o anotación del expediente, restitución de funciones, comunicación del resultado a las mismas autoridades que conocieron el señalamiento y a una aclaración institucional.
Si el trabajador lo solicita, aplicará la disculpa pública por parte de la autoridad que vulneró el debido proceso, difundió información incorrecta o afectó la dignidad del trabajador.
La iniciativa se acompaña de reformas a la Ley Estatal de Educación, el Estatuto Jurídico para los Trabajadores de la Educación al Servicio del Estado de Coahuila y los Municipios, la Ley del Sistema Estatal para la Garantía de los Derechos Humanos de Niños y Niñas y a la Ley Orgánica de la Fiscalía General.
JRLM