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¿Bienes separados o sociedad conyugal? Llama experta a prevenir problemas familiares futuros
Coahuila

¿Bienes separados o sociedad conyugal? Llama experta a prevenir problemas familiares futuros

Expertos recomiendan definir el régimen patrimonial antes de casarse para prevenir futuros conflictos familiares.

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Autor: Edith Mendoza
02 de septiembre de 2026 a las 15:18 · 321 Vistas · 2 min de lectura

Saltillo, Coahuila.- Aunque el matrimonio al final de cuentas es un contrato que firman dos partes, es común que diferencias económicas o relacionadas con el patrimonio, surjan con el paso del tiempo, lo que puede derivar en fuertes y costosos conflictos familiares, señaló Luisa Isela Ortiz González, directora general de Servicios Jurídicos del Norte.

En entrevista para +Patrimonio de Tele Saltillo, la experta reconoció que éstos “son temas muy escabrosos que no queremos mencionar antes de casarnos”, sin embargo, es fundamental responder preguntas básicas como si integraré o no los bienes que se han formado previamente, quién va responder por las deudas, por mencionar algunas.

Recomendó a las personas que están próximas a contraer nupcias, acercarse a la asesoría legal a fin de prevenir cualquier problemática en este sentido.

“Mucha gente va al dentista cuando ya tiene el dolor de muela. Hay que hacerlo desde antes… cuando una persona piensa contraer matrimonio, es importante que también pensemos en la cuestión legal; no es sólo ver lo del banquete, el vestido, sino a partir de la vida en común, qué decisiones legales, tenemos que tomar para evitar problemas dentro del matrimonio”, dijo.

Explicó que el patrimonio es el conjunto de derechos y bienes que tiene una persona, que, a su vez, se subdivide en el patrimonio conyugal, el personal y otros.

En el caso de determinar integrar una la sociedad conyugal, habrá que determinar si los bienes adquiridos como persona soltera, entrarán o no en este contrato; también es posible ingresar al matrimonio, resguardando el patrimonio personal.

Por otro lado, si la decisión será casarse por sociedad conyugal, implica que, a partir de la firma del contrato matrimonial, todos los bienes que se adquieran como muebles e inmuebles, son propiedad por partes iguales, incluso si en la escritura o comprobantes sólo aparece el nombre de uno de ellos. También las deudas adquiridas se consideran dentro del mismo esquema.

En el régimen de separación de bienes, cada quien lo suyo, sin embargo, si uno de los integrantes de la pareja no laboró en esta sociedad, se pueden adquirir derechos a partir de la aportación que significa el cuidado de los hijos y de la casa.

Indicó que cuando se adquieren bienes por herencia, éstos no entran en el caudal conyugal independientemente de la fecha en la que se adquieren.

Hizo énfasis en que personas viudas no heredan en automático los bienes de su pareja. Explicó que patrimonio que corresponde a la persona fallecida, cuando no hay un testamento que lo estipule, es heredable en partes iguales al cónyuge que sobrevive, y a sus hijos. En caso de haber testamento, se respetan las condiciones del fallecido.


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