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¿Descuentan impuestos por el reparto de utilidades en 2025? Esto dice la Ley Federal del Trabajo

Es hora de recibir este derecho laboral, pero entérate de los detalles

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Por Grupo Zócalo

Ciudad de México.– Los trabajadores mexicanos ya esperan con ansías la llegada del reparto de utilidades de este 2025, lo cual debe de suceder a más tardar el 29 de junio o el 30 de mayo, dependiendo del tipo de patrón que tengan, sin embargo, es importante que sepas si por este pago pueden descontarte impuestos.

Recuerda que las utilidades no son una dádiva, son un derecho establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que se encuentra detallado en la Ley Federal del Trabajo. “Es un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado”, es como las define la Secretaría del Trabajo.


Debido a que las utilidades son un pago de derecho retroactivo, el monto que se te debe de depositar como trabajador es el correspondiente a las ganancias netas de la empresa en la que laboraste en el 2024, por lo menos 60 días hábiles de ese año. Entonces, lo que obtendrás no será por este 2025.

¿Hasta cuándo pueden depositarme las utilidades?
Una vez dicho eso, debes de saber que la fecha límite es:


El 30 de mayo en el caso de los trabajadores que laboran para una persona moral, por ejemplo, una empresa

El 29 de junio es la fecha límite para que los patrones que son persona física depositen las utilidades a sus trabajadores

Debes de pagar impuestos por las utilidades si estás en este caso
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), el reparto de utilidades causa impuesto exclusivamente sobre la cantidad que exceda del equivalente a 15 días de salario mínimo, por lo que, si estás en este caso, sí pueden cobrarte impuesto por dicha cantidad.

Estos trabajadores no reciben el reparto de utilidades
Además, no olvides que las siguientes personas NO reciben utilidades

Directivos y dueños

Trabajadores por honorarios

Trabajadores y trabajadoras domésticas

Información por El Heraldo de México

 

 

 

 

 

 

dsgf

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