
La Contadora Pública Nayely Arenas nos da toda la información que necesitas saber sobre tu aguinaldo.
Por Abdiel Tejada
Piedras Negras, Coahuila.- âEl aguinaldo es una prestación de ley, un derecho protegido por el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. La finalidad es: apoyar al trabajador en las fechas decembrinas y fue creado precisamente para ese propósito, por lo que el 20 de diciembre es fecha límite para entregarlo. Por ninguna razón se debe entregar posteriormente a esa fechaâ.

También es importante mencionar que el aguinaldo se paga completo, la ley indica que deben ser 15 días de aguinaldo, pero si la empresa dentro de sus prestaciones, da mas de 15 días, los días adicionales se pueden entregar en otra fecha.
El pago debe ser en efectivo, es decir, también puede ser transferencia o cheque pero no en bonos, vales de despensa o bienes materiales.
Si te despiden o renunciaste a tu trabajo en cualquier momento del aí±o, al momento de recibir tu finiquito se te debe pagar el proporcional del aguinaldo que te corresponde en esa fecha. No es necesario esperar a diciembre para recibirlo.
Es importante tomar en cuenta que las faltas, permisos o incapacidades por enfermedad, de descuentan de los días trabajados y por lo tanto se descuentan proporcionalmente de tu aguinaldo. También es importante tener en cuenta que esta prestación no está exenta de impuestos.Â
ísta prestación no es un regalo del patrón, es un derecho que la ley te otorga, si en algún momento, el patrón pretende evadir el pago de esta prestación, debes a la Junta de Conciliación y Arbitraje o a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo a poner una inconformidad. Las sanciones para los patrones que no cumplan puede llegar a los 40mil pesos o incluso mas.
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