El abogado saltillense no aprueba que se pueda matar en legÃtima defensa y critica que no habrá castigo para quienes defiendan su vida y propiedad quitando la del agresor.
Por: Ernesto Acosta
Saltillo, Coah.- Los diputados locales aprobaron una “ley eugenésicaâ€, donde autorizan matar a una persona sin recibir castigo, pero por otro lado penalizan con cárcel a quien mate a un perro, lamentó el abogado Apolinar RodrÃguez Rocha.
Se trata, dijo, de eliminar delincuentes porque encarcelarlos resulta caro para el Estado y representa el fracaso del sistema de seguridad pública y de justicia, que convierte a los ciudadanos en verdugos.
El especialista en Derecho Penal explicó que la reforma al ArtÃculo 57 del Código Penal es inconstitucional e inconvencional, pues la Constitución privilegia la preservación de la vida.
El Congreso del Estado aprobó el miércoles que obra en legÃtima defensa privilegiada, quien cause “lesión o prive de la vida†a un extraño que penetre o intente ingresar al hogar, negocio o cualquier lugar que habite de manera permanente o temporal.
“La reforma resulta inconstitucional e inconvencional, porque en México, debido a los tratados internacionales que ha firmado, está protegido el derecho a la vida, y México, como Estado, tiene obligación de proteger la vida de los ciudadanosâ€.
“El ArtÃculo 17 Constitucional prohÃbe que se haga justicia por propia mano. No podemos los ciudadanos hacernos justicia por nosotros mismos en caso de delito o de faltas, pero resulta que el Congreso no contempló este ArtÃculo 17 y esta obligación de proteger la vida, y está autorizando, en forma expresa, la privación de la vidaâ€.
El ArtÃculo 17 precisa que “ninguna persona podrá hacerse justicia por sà misma, ni ejercer violencia para reclamar su derechoâ€.
Añadió que un juez no puede ordenar la pena de muerte en contra de ninguna persona y mucho menos puede aprobarlo un legislador, ni por la comisión de un delito, ni por traición a la Patria.
“En México ya no está autorizada la pena de muerte y esto es lo que han hecho nuestros legisladores, han aprobado una pena de muerte de propia mano, incluso de que sin juicio sea privada de la vida una personaâ€.
El delegado en Saltillo de la Confederación de Colegios y Asociaciones de Abogados de México explicó que la norma no admite defensa. “Es como el aborto, el muerto no puede ir a amparo y en caso de una legÃtima defensa privilegiada, el difunto no va a ser testigo ni va a tramitar ninguna acción de inconstitucionalidad, como el juicio de amparo. Primero matas, luego averiguas, como decÃa Porfirio DÃaz.
ArtÃculo 17:
Ninguna persona podrá hacerse justicia por sà misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho.