La SCJN determinó en una jurisprudencia que la UMA (cuyo valor es menor al salario mÃnimo) no puede aplicarse para determinar la cuota.
Los jubilados podrÃan ver incrementadas sus pensiones hasta en 20% debido a la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de invalidar el cálculo de éstas con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
La SCJN determinó en una jurisprudencia que la UMA no puede aplicarse para determinar la cuota diaria o la limitante de pago de una pensión, por tratarse de una prestación de naturaleza laboral regida por el salario mÃnimo (SM), por lo que debe ser este último el punto de referencia.
El salario mÃnimo (102.68 pesos) tiene un valor mayor al de la UMA (84.49 pesos), por ello los pensionados han visto una reducción en sus percepciones desde que se hizo el cambio en el 2016, motivo para la promoción de amparos.
De acuerdo con un comparativo hecho por la Comisión de Seguridad Social del Senado, la diferencia entre una pensión con UMA y una con SM es de casi 20%, tomando como base una pensión promedio de 5 salarios mÃnimos: la pensión mensual en UMA serÃa de 12,673.5 pesos mientras que con base en el salario mÃnimo serÃa de 15,402 pesos, es decir, una diferencia en pesos de 2,728.5 pesos.
Este aumento del valor de las pensiones se debe también al incremento que tuvo el salario mÃnimo en enero de este año, cuando pasó de 88.36 a 102.68 pesos diarios y a 176.72 para los 43 municipios que conforman la Zona Libre de la Frontera Norte.
El cálculo de las pensiones con base en la UMA es una mala interpretación de la reforma constitucional del 2016, con la que se desindexó el salario mÃnimo para no ser usado como Ãndice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza, coinciden las presidentas de las comisiones de Seguridad Social de la Cámara de Diputados y del Senado de la República.
“Nosotros consideramos que hay una laguna legal, hay una mala interpretación de la reforma. Nosotros queremos darle claridad, pero también nos tenemos que asegurar de que las instituciones (IMSS e ISSSTE) cuenten con los recursos suficientes para poder dar salida al temaâ€, afirma la diputada Mary Carmen Bernal (PT), en entrevista con El Economista.
Por su parte, la senadora Gricelda Valencia de la Mora (Morena) también considera que los pensionados “se han visto gravemente afectados por la interpretación indebida de la reforma, derivado que el IMSS y el ISSSTE tomaron la UMA para calcular el monto de pensiones cuando la ley establece que debe ser en salarios mÃnimosâ€.
La presidenta de la Comisión de Seguridad Social del Senado afirma que, para recuperar el poder de compra de los salarios y, a su vez, no se siga perjudicando el bienestar y dignidad de los jubilados, debe establecerse a nivel legal un candado para que no se pueda usar la UMA como referencia para estos pagos.
Al respecto, Ricardo MartÃnez Rojas, socio de la firma De la Vega & MartÃnez, comentó que “desde siempre la Ley del Seguro Social ha estado fundada en salarios mÃnimos, asà como toda la estructura financiera del IMSS. De hecho, el cobro de la máxima cuota está definida en 25 veces el salario mÃnimo y debemos de partir de la base de que cuando se paga una pensión, se paga una parte de salario, por eso se llama salario base de cotizaciónâ€.
Reforma constitucional, el siguiente paso
Las legisladoras coinciden en que el siguiente paso en la materia es reformar la Constitución para establecer que la pensión es parte de la seguridad social y, por tanto, no es de la naturaleza de la UMA, sino del salario mÃnimo.
En el mismo sentido va la jurisprudencia de la SCJN: “Como la pensión de retiro de los trabajadores es una prestación de seguridad social derivada de la relación de trabajo y sustentada propiamente en el salario, incluso para generarla y pagarla se atiende al fondo constituido durante la vida activa laboral, mediante aportaciones del salario percibido, topadas a la cantidad máxima de 10 veces el salario mÃnimo, es claro que esa prestación es laboralâ€.
Mary Carmen Bernal asegura que dicha jurisprudencia les da la razón a los trabajadores, por lo que la Constitución debe reformarse para darle fin a la “laguna legalâ€. La decisión del máximo tribunal del paÃs, afirma, pone el tema en la agenda de prioridades del Congreso. (Con información de Pilar MartÃnez).