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Corte revoca a Trump negativa de fianza a inmigrantes detenidos
Estados Unidos

Corte revoca a Trump negativa de fianza a inmigrantes detenidos

El Noveno Circuito falló que quienes entraron sin inspección y fueron detenidos dentro de Estados Unidos pueden pedir fianza.

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Autor: Superchannel
01 de agosto de 2026 a las 01:07 · 4918 Vistas · 2 min de lectura

Washington.– Una corte federal de apelaciones falló el jueves que el Gobierno de Donald Trump no puede negarle a los inmigrantes detenidos dentro de Estados Unidos la oportunidad de pedir su liberación bajo fianza.

La Corte de Apelaciones del Noveno Circuito, con sede en San Francisco, decidió el caso por una votación de dos a uno, con un juez nombrado por el propio Trump del lado de la mayoría. El fallo, identificado como Rodríguez Vázquez contra Bostock, confirma una sentencia previa de un tribunal federal de Washington que ya había favorecido a los inmigrantes detenidos.

La disputa gira en torno a una sola pregunta legal: qué ley aplica a un inmigrante que entró a EE.UU. sin pasar por inspección en la frontera y fue detenido después, ya dentro del país. Durante casi tres décadas, las autoridades trataron a estas personas bajo una ley que permite pedir fianza. El Gobierno de Trump cambió esa interpretación en julio de 2025, y desde entonces miles de inmigrantes terminaron detenidos sin posibilidad de solicitar su libertad mientras se resolvía su caso.

¿Por qué el Gobierno empezó a negar la fianza?

Desde la reforma migratoria de 1996, conocida como IIRIRA, las autoridades aplicaban a estos casos la sección 1226 del Código de Estados Unidos, que permite la detención pero deja abierta la puerta a la fianza. Una sección distinta, la 1225(b)(2)(A), obliga a la detención sin fianza, pero por tres décadas solo se aplicó a quienes eran interceptados en la frontera.

El cambio se originó en Tacoma, Washington, donde algunos jueces de inmigración comenzaron desde 2022 a negar fianzas bajo la teoría de que la detención obligatoria también aplicaba dentro del país. La Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) había rechazado esa postura en varios casos, pero en julio de 2025 el Servicio de Control de Inmigración y Aduanas (ICE) emitió una guía que ordenó la detención obligatoria sin fianza, y en septiembre la BIA adoptó ese criterio en el caso Yajure Hurtado.

Lo que dice el fallo y a quién beneficia

El panel de tres jueces concluyó que los inmigrantes sin admisión legal detenidos dentro del país no están sujetos a la detención obligatoria. El juez Daniel Bress, nombrado por Trump, escribió la opinión mayoritaria, acompañado por la jueza M. Margaret McKeown, nombrada por Bill Clinton. El juez Carlos Bea, nombrado por George W. Bush, votó en contra.

El caso lo inició Ramón Rodríguez Vázquez, quien entró a EE.UU. sin autorización en 2009 y fue detenido en 2025. Un juez de inmigración en Tacoma le negó la fianza, por lo que demandó y logró que un tribunal certificara una clase de afectados: todas las personas detenidas en el Centro de Procesamiento del Noroeste de ICE en Tacoma bajo esa misma política. La sentencia aclara que quienes tienen antecedentes penales que califican para detención obligatoria bajo otra ley siguen sin acceso a fianza, por lo que el fallo no libera automáticamente a nadie, solo restablece el derecho a pedir una audiencia.

¿Qué sigue con las cortes divididas?

El fallo profundiza una división entre las cortes federales de apelaciones que probablemente tendrá que resolver la Corte Suprema, a la que el Gobierno de Trump ya le pidió el mes pasado tomar el caso.

A favor de los inmigrantes se han pronunciado los circuitos Segundo, Sexto, Séptimo, Noveno, Décimo y Undécimo; a favor del Gobierno, los circuitos Quinto y Octavo. El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) respondió que discrepa del fallo y confía en su postura legal.

Mientras la Corte Suprema decide si toma el caso, la práctica seguirá dependiendo del circuito judicial de cada inmigrante detenido. Para quienes están bajo la jurisdicción del Noveno Circuito —que incluye California, Arizona y Washington, entre otros— el fallo significa que pueden volver a pedir una audiencia de fianza si fueron detenidos dentro del país sin delitos que activen otra causal de detención obligatoria.

jacl

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