CDMX, México; 25 de noviembre.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aclaró que la revisión del crédito fiscal de FEMSA, cuyo monto asciende a 2 mil 868 millones de pesos, no representa una violación al principio de cosa juzgada, al tratarse de un procedimiento previsto en su normativa interna.
El Tribunal informó que este fin de semana decidió atraer el análisis del adeudo, pese a que el 8 de noviembre había rechazado revisar el mismo expediente del Vigésimo Tribunal Colegiado en materia Administrativa. La determinación cambió el 13 de noviembre, cuando el Pleno aprobó, con ses votos, reconsiderar el asunto a solicitud de la ministra Lenia Batres.
En un comunicado, la Corte explicó el funcionamiento de las Solicitudes de Ejercicio de la Facultad de Atracción (SEFA), mecanismo que permite intervenir en casos con relevancia constitucional, impacto jurídico o posible afectación a derechos humanos.
La SCJN precisó que desechar una primera solicitud no impide que otra persona facultada presente una nueva, debido a que esa actuación “no constituye cosa juzgada”. Añadió que decisiones de este tipo forman parte de procedimientos ordinarios que no implican pronunciamientos sobre el fondo de los litigios.
El Máximo Tribunal sostuvo que la atracción solicitada por la ministra Batres Guadarrama únicamente determina si un expediente debe ser revisado por la Corte y no produce efectos definitivos sobre las partes involucradas.
La SCJN podría replantear un criterio vigente según el cual el monto en disputa no basta para justificar la atracción de un litigio. De modificarse, se abriría la posibilidad de que el Tribunal intervenga en conflictos fiscales de alto valor económico, aun cuando no impliquen un análisis de constitucionalidad.