
Piedras Negras, Coahuila; 21 de mayo.- Es un derecho constitucional en el que todos los trabajadores reciben las ganancias que obtiene una empresa que pertenezcan a una persona moral o una física, siempre y cuando la empresa cumpla con su declaración y obtenga las ganancias por su actividad productiva, los trabajadores pueden recibirlas entre los meses de mayo y junio el doctor Gerónimo Juárez visitó el foro de RED 12 con Héctor Sergio para dar más detalles sobre este tema.
¿Quienes pueden percibir utilidades?
Este derecho lo pueden recibir todos los trabajadores siempre y cuando hayan laborado 60 días durante el año, una vez que se establece el porcentaje de utilidades que es el 10 por ciento de la utilidad fiscal se divide en dos partes, el 50 por ciento se divide entre todos los trabajadores por los números de días laborados, el otro 50 por ciento se divide entre los trabajadores de acuerdo al salario que hayan percibido.
Las personas morales deben realizar la declaración el 31 de marzo a partir de ahí la Ley federal contempla 60 días para que se haga la entrega de las utilidades debido a esto tienen hasta el día 31 de mayo, en el caso de las personas físicas la obligación venció el 30 de abril partir de esta fecha son 60 días contados por lo que sería hasta el último día del mes de junio en el que las personas físicas puedan realizar el pago.
La utilidades se deben pagar en una sola exhibición, por lo que es un derecho fundamental que tiene como propósito garantizar que los trabajadores disfruten de los beneficios que la empresa obtuvo.
AFL