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Pagarán doble día laboral de elecciones

Entre patrón y empleado deberá haber un acuerdo para laborar durante este día

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Por: Grupo Zócalo 

Acuña, Coahuila; 01 de junio.- En el marco de la próxima jornada electoral, es crucial que tanto patrones como trabajadores estén informados sobre sus derechos y obligaciones laborales, pues de acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, en su fracción novena, se establece que “El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral”, es considerado un día de descanso obligatorio.

Luis Armando Alvarado Corona, licenciado en Derecho, explicó que para aquellos trabajadores que deban laborar durante este día, la ley señala que debe existir un convenio entre el patrón y el empleado, por lo que este acuerdo debe ser mutuo y garantizar condiciones justas para ambas partes.

 

 

Mencionó que de acuerdo a la ley laboral, en caso de que los trabajadores presten sus servicios durante el día de la jornada electoral, tienen derecho a recibir el pago de su salario doble más su salario ordinario y la prima dominical, como compensación por trabajar en un día de descanso obligatorio.

Si no se logra un acuerdo entre el patrón y el trabajador sobre las condiciones para laborar en este día, el conflicto deberá resolverse en el tribunal laboral correspondiente, por ello es fundamental que ambas partes busquen llegar a un consenso para evitar procedimientos legales prolongados.

Asimismo, la jornada electoral es un momento crucial para el ejercicio de la democracia, y es responsabilidad de todos asegurar que se desarrolle de manera justa y equitativa, tanto en el ámbito laboral como en el cívico.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

VCF

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