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Permite Corte Juicio a Samuel… sin separarse del cargo

Las ministras Lenia Batres y Yasmín Esquivel intentaron que también el acuerdo de la Comisión fuera declarado inválido, pero su opinión no prevaleció

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Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el Congreso local podrá seguir adelante con el proceso de juicio político que inició en contra del Gobernador Samuel García, pero sin que éste pueda ser separado del cargo mientras se desarrolla el procedimiento.

Este juicio fue promovido en contra del Ejecutivo estatal el 31 de enero del año pasado, luego de que el Mandatario omitió el envío del paquete fiscal 2023, omisión que repitió respecto al presupuesto 2024.

En la resolución emitida por el pleno de la SCJN, se declara la invalidez de la porción del Artículo 203 segundo párrafo de la Constitución local, en la que se establece que por el mero hecho de ser sometido a un juicio político el procesado queda separado de su cargo.

“Artículo 203.- Las sanciones del Juicio Político consistirán en la destitución del servidor público y, en su caso, la inhabilitación temporal para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público”, establece el artículo analizado por la Corte.

“…en caso afirmativo, el acusado queda por ese solo hecho separada de su cargo”.

Los Ministros consideraron que el Congreso no es la autoridad facultada por sí misma para declarar la separación, máxime tratándose de un cargo de elección popular y de uno de los tres poderes.

Aunque en el proyecto del Ministro Luis María Aguilar también se había planteado la invalidez del acuerdo de la Comisión Anticorrupción en la que daba luz verde al procedimiento de juicio político, por mayoría se acordó que mantener la validez de ese acuerdo.

Esto, implica que el Legislativo local podría seguir adelante con el juicio, aunque para transitar en el Pleno se requiere una mayoría de 28 votos, con la que actualmente no cuentan las fracciones mayoritarias del PRI y PAN.

“Es procedente y parcialmente fundada la presente Controversia Constitucional, el segundo en sus términos, reconociendo la validez de la Ley de Juicio Político; el tercero se limita entonces a la declaración de invalidez del Artículo 203 párrafo segundo en la porción normativa impugnada”, establece la resolución.

“Se suprime en este resolutivo lo relativo al acuerdo para generar un nuevo resolutivo, que sería el cuarto, en el cual se reconoce la validez del acuerdo del 31 de enero de 2023, dictado por la Comisión Anticorrupción del Estado”.

Las ministras Lenia Batres y Yasmín Esquivel intentaron que también el acuerdo de la Comisión fuera declarado inválido, pero su opinión no prevaleció.

 

 

 

 

 

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