La corte absolvió a Laura Morán ya que no hay pruebas de que ella ocasionó el deceso, al contrario, hizo lo que pudo para ayudar a su pareja.
Por: Agencia ReformaÂ
Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia absolvió hoy a Laura Morán Servín del supuesto homicidio por omisión de cuidado de Federico Gertz Manero, de quien fue pareja durante 52 aí±os.
Por unanimidad, el Pleno de la Corte canceló la orden de aprehensión librada en octubre de 2020 contra Morán Servín, de 94 aí±os, por la Jueza 67 Penal de la Ciudad de México, Marcela íngeles Arrieta.
En estos momentos, los Ministros discuten un proyecto que elimina el auto de formal prisión, por el mismo delito, contra Alejandra Cuevas Morán, hija de Morán Servín, presa en la cárcel femenil de Santa Martha Acatitla desde octubre de 2020.
Los Ministros Alfredo Gutiérrez, quien presentó los proyectos a discusión, y Alberto Pérez Dayán, quien ya adelantó su postura sobre ambos amparos, se sumarán a cinco Ministros que desde el 14 de marzo votaron por la liberación inmediata de Cuevas, quien hoy mismo saldrá de prisión.
La Corte concluyó que Laura Morán sí hizo esfuerzos por preservar la salud de su pareja, por lo que no existió la omisión de cuidado que se le imputó.
âLa expectativa de procuración de cuidado resulta desmedida. No es razonable esperar, por un lado, que una mujer sin conocimientos en una profesión tan especializada como la medicina, se conduzca como si tuviese habilidades excepcionales para evitar la muerte de una persona gravemente enferma. Por otra parte, se ignora la posible negligencia de hombres que fungieron como cuidadores y médicos del enfermoâ, afirma la sentencia.
Gutiérrez destacó que, si bien hay indicios claros que Federico Gertz no recibió el cuidado necesario, por las condiciones de deterioro en las que ingresó al hospital en agosto de 2015, este descuido no se puede atribuir a Morán Servín, quien ya tenía 88 aí±os y había buscado ayuda especializada para atenderlo en su casa.
La absolución de Morán Servín es un duro golpe para Alejandro Gertz Manero, quien durante siete aí±os ha usado todos los recursos a su alcance para perseguirla por la muerte de su hermano, y en 2020, cuando ya era titular de la Fiscalía General de la República (FGR), logró que la Fiscalía General de Justicia (FGJ) de la CDMX presentara la acusación por homicidio contra ella y su hija, lo que fue avalado por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) capitalino.
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La difusión, el pasado 4 de marzo, de llamadas entre Gertz y el subprocurador Juan Ramos, en las cuales el Fiscal General afirmaba tener de su lado a varios Ministros, al tiempo que daba lectura a proyectos de sentencia supuestamente confidenciales, obligó a la Corte a difundir un boletín reiterando su autonomía.
En la sesión de hoy, Javier Laynez sostuvo que el asunto es sencillo: no existió el cuerpo del delito, porque Morán, a los 88 aí±os, no podía ser garante de la salud de Federico Gertz, para fines de un caso penal.
Yasmín Esquivel, Jorge Pardo y Luis María Aguilar consideraron que Morán Servín sí podía ser vista como garante, en su carácter de concubina, pero esa obligación estaba matizada por su edad avanzada, y no hay pruebas de que ella ocasionó el deceso, al contrario, hizo lo que pudo para ayudar a su pareja.
âDe acuerdo con sus posibilidades, (Morán) le procuró atenciones y cuidados a través de personal técnicamente preparado, estos son suficiente para sostener que no existe en el caso una omisión impropiaâ, dijo Loretta Ortiz.
âDe haber alguna responsabilidad, pudiera ser de los médicos, del personal de enfermería, no lo podemos determinar aquíâ, agregó el presidente Arturo Zaldívar.
Juan Luis González Alcántara pidió reconocer a Morán el carácter de víctima de violación de derechos humanos por parte del Estado Mexicano, para que pueda acceder a mecanismos de reparación legalmente previstos.
Si bien Gutiérrez propuso un análisis con perspectiva de género, por la existencia del estereotipo de la mujer como cuidadora, la mayoría pareció rechazar que fuera necesaria esta metodología para conceder el amparo.
Zaldívar, que en noviembre pasado hizo suya la solicitud de Alejandro Gertz para atraer estos amparos, destacó que gracias a dicha atracción, los asuntos se están resolviendo en sólo cuatro meses, ya que de haber seguido en tribunales inferiores se hubieran prolongado por mucho mas tiempo.
âEn estas votaciones no ha habido ninguna incidencia ajenaâ, dijo Zaldívar. âEstamos votando con toda libertad e independenciaâ, expresó.
Consume sesión debate técnico previo
Antes de votar el fondo del caso, el Pleno tuvo un debate técnico de casi dos horas en el que seis Ministros rechazaron modificar el criterio tradicional para el estudio del recurso de revisión adhesiva en amparos penales.
Los recursos de revisión principales en estos amparos los presentaron Gertz Manero, como tercero interesado, y un agente de la FGR adscrito al juzgado de Distrito, mientras que la defensa de las acusadas promovió revisiones adhesivas, que sólo sirven para reforzar o mejorar los argumentos de la sentencia, y cuya resolución tradicionalmente es secundaria y está subordinada a lo que ocurra con las principales.
La mayoría, que incluyó a los cuatro ministros que fueron magistrados federales, rechazó el cambio de criterio por considerarlo innecesario para resolver el caso a discusión y por ir en contra de la Ley de Amparo, que fija a la revisión adhesiva como un recurso accesorio a la revisión principal.
Zaldívar replico calificando de âortodoxa y conservadoraâ la visión de la mayoría sobre el amparo y la igualdad procesal entre las partes.
Con información de Víctor Fuentes.