
El tema de incapacidades por contagio Covid recae no solo en los patrones, sino también en las instituciones de salud y en los propios derechohabiente.
Por Teresa Quiroz
Saltillo, Coah.- De acuerdo con el abogado laboralista, José Moreno Reyna, contar con un permiso por Covid o incapacidad está en manos de las determinaciones de las instituciones médicas, de la responsabilidad social de los derechohabientes y de la comprensión de los empleadores.
A decir del entrevistado la propia Ley Federal del Trabajo establece que el instrumento para dar certeza al patrón y al empleado contagiado es el certificado que extiende el Instituto Mexicano del Seguro Social sin embargo al verse rebasado por la pandemia existen otras alternativas.
âCómo le hace el trabajador si no se puede tramitar el certificado en línea, si es casi imposible por las largas filas? Ahí se tendría que apelar a la buena voluntad del patrón para que acepte un resultado de un laboratorio confiable y le siga pagandoâ, seí±aló Moreno Reyna.
El litigante reconoció que la responsabilidad no solo recae en los patrones pues ante la incapacidad del Estado para dar abasto en materia de pruebas de contagio y atención al trabajador, este último tiene la obligación de hablar con la verdad respecto a su estado de salud.
Y aunque reconoció que la incapacidad por riesgo de trabajo es potencialmente un problema para el IMSS por el impacto elevadísimo de las primas de pago reveló que desde inicio de la pandemia el consejo técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social instauro un acuerdo que establece que los trabajadores contagiados serían tomados como âenfermedad profesionalâ por lo que su sueldo tendría que ser pagado de manera íntegra.
https://youtu.be/BqGUEJ64r3Y