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Audiencia de Rosario Robles será el jueves 30 de diciembre; buscará prisión domiciliaria

La exservidora pública estará acompañada de su abogado Epigmenio Mendieta

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La exservidora pública estará acompaí±ada de su abogado Epigmenio Mendieta

Por: Grupo Zócalo Ciudad de México.- Un juez federal convocó para maí±ana a la ex secretaria de Desarrollo Social, Rosario Robles Berlanga, para que participe en la audiencia donde se analizará su petición de cambio de medida cautelar, la ex funcionaria desde hace dos aí±os busca enfrentar su proceso en prisión domiciliaria. Ganther Alejandro Villar Ceballos, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal en el Reclusorio Sur, citó a la ex funcionaria a las tres de la tarde. La audiencia de revisión de medida cautelar será presencial, por lo que Rosario Robles será trasladada del penal femenil de Santa Martha Acatitla, en la alcaldí­a Iztapalapa, al reclusorio Sur, en la alcaldí­a de Xochimilco. La ex servidora pública estará acompaí±ada de su abogado Epigmenio Mendieta. La defensa de la ex secretaria seí±aló que no se tiene conocimiento de que vaya a haber acceso a la sala para los medios de comunicación. La audiencia se celebrará en acato a la orden de Augusto Octavio Mejí­a Ojeda, juez Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal, quien seí±aló que la sentencia que amparó a la ex funcionaria “no se encuentra cumplida”, tal y como lo ordenó un Tribunal Colegiado. El juez de amparo apercibió a Ganther Alejandro, que de no llevar a cabo la audiencia se dará parte a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) “con proyecto de separación del cargo”. Octavio Mejí­a dejó sin efecto la resolución del juez de control emitida el 20 de octubre, donde negó el cambio de medida cautelar, porque consideró que se omitió lo ordenado por el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal, en el sentido de que el lugar de residencia de Rosario Robles, así­ como el motivo de su viaje al extranjero y su situación económica no son argumentos válidos para mantener la medida cautelar impuesta, es decir, de prisión preventiva. Al no haber emitido su resolución de manera fundada y motivada, el juez consideró que el amparo no se encuentra cumplido. Información por Milenio
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