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El aborto ya no se castiga en Coahuila; ejecuta Congreso resolutivo de la SCJN

Congreso de Coahuila dio a conocer que ya ejecutó el resolutivo de la SCJN, invalidando los artículos del Código Penal que penalizan el aborto.

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Congreso de Coahuila dio a conocer que ya ejecutó el resolutivo de la SCJN, invalidando los artí­culos del Código Penal que penalizan el aborto.

Por Jesús Castro

Saltillo, Coah.- El Congreso de Coahuila dio a conocer que ya ejecutó el resolutivo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, invalidando los artí­culos del Código Penal del estado que penalizaban el aborto.

El documento ordenó especí­ficamente la forma en que el Congreso debí­a modificar el Código Penal para invalidar los artí­culos; por ejemplo, en el caso del Artí­culo 196, donde se especificaba que el aborto era un delito castigado con hasta 3 aí±os de prisión, y el 198, que imponí­a sanciones a quien lo practicara, deberá aparecer debajo de los mismos la leyenda: “El Artí­culo 196/197 del Código Penal de Coahuila… fue declarado inválido por sentencia de la SCJN, relativo a la acción de inconstitucionalidad número 148/2017”.

En la plaza Nueva Tlaxcala, con motivo del Dí­a de la Acción Global por un Aborto Seguro, Legal y Gratuito, se colocaron una serie de filminas que los transeúntes podí­an apreciar, en ellas se explicaba ¿Qué es un embrión?, la legislatura que despenaliza el aborto, entre otros temas legales y de salud sexual y reproductiva.

Además de datos reveladores como que en México se practican más de un millón de abortos clandestinos y Coahuila ocupa el tercer lugar a nivel nacional en cuanto al í­ndice de embarazos adolescentes, situaciones que aseguraron podrí­an ser combatibles con la implementación del aborto.

Invalidado

Debajo del Artí­culo 199, referente al aborto punible que seí±alaba: “Se excusará de pena por aborto y no se perseguirá…”, los magistrados, en el resolutivo de la SCJN que ayer se ejecutó en Coahuila, ordenaron inscribir debajo la leyenda: “El Artí­culo 199 del Código Penal de Coahuila, en su acápite y párrafo primero, en su porción normativa: se excusará de pena por aborto… fue declarado inválido por la SCJN…”.

Y en el párrafo primero, fracción primera, que declaraba el aborto por violación, implantación o inseminación, también ordena inscribir otra leyenda que diga que se invalida la parte donde se establece: “dentro de las 12 semanas siguientes a la concepción”.

Ahora solo falta que las modificaciones sean publicadas en el Periódico del Estado, para invalidar juicios o procedimientos judiciales en proceso. Además, esto permite que los diputados puedan comenzar a legislar para otorgar el derecho al aborto gratuito y seguro, a las mujeres de Coahuila.

https://youtu.be/_OGnTM40l00
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