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Modalidad 40 del IMSS; salve su pensión

La cuota que pagan las personas bajo esta modalidad es de 10.075 por ciento del salario bajo el cual cotiza

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La cuota que pagan las personas bajo esta modalidad es de 10.075 por ciento del salario bajo el cual cotiza

Por Grupo Zócalo  Ciudad de México.- Si usted dejó de trabajar en una empresa en donde cotizaba en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), no se preocupe, su pensión aún no esta pérdida, ya que puede empezar a pagar su cuota obrero patronal y tramitar la pensión por la modalidad 40 del IMSS, dio a conocer el portal Mi Bolsillo. La cuota que pagan las personas bajo esta modalidad es de 10.075 por ciento del salario bajo el cual cotiza. "La Modalidad 40 puede ser utilizada por cualquier derechohabiente a cualquier edad que haya dejado de cotizar con patrón, y que tenga al menos un aí±o cotizado con patrón dentro de los últimos 5 aí±os", explica Magda Villarreal Buentello, consultora de VB Pensiones. Así­, a las personas que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997 y que están bajo la Ley del IMSS de 1973, les permite completar el mí­nimo de 500 semanas (9 aí±os 8 meses aproximadamente) cotizadas requeridas para poder jubilarse. Y en el caso de los que están bajo la ley de 1997, las mil 250 semanas (24 aí±os 2 semanas) exigidas. Villarreal Buentello detalla que otra ventaja de este esquema para quienes están bajo la Ley del 73 es que permite a las personas cotizar con un ingreso superior al que tení­an registrado con el patrón y el salario promedio cotizado en los últimos cinco aí±os se toma en cuenta para el cálculo del monto de la pensión. Con lo que si en los últimos aí±os las cuotas pagadas al IMSS son más altas que en aí±os anteriores, el trabajador podrí­a elevará su monto de pensión. El salario máximo de cotización bajo esta modalidad esta topado a 25 salarios mí­nimos, alrededor de 67 mil 198 pesos mensuales, tomando como referencia el vigente en este aí±o. Otro aspecto que se toma en cuenta es la edad, ya que aquellos que se jubilan a los 60 aí±os reciben 25 por ciento menos que aquellos que lo hacen hasta los 65 aí±os. Además, el número de aí±os trabajados con el IMSS también influye, debido a que si bien el requisito son 500 semanas, entre más aí±os tengas trabajado la pensión es más alta. "Cada caso es único, por ello es altamente recomendable que antes de hacer Modalidad 40, la gente se asesore, ya que hay casos que aun pagando esta modalidad con el salario más alto, la gente no se puede pensionar, o no se pensiona con el monto que esperaba", seí±ala Villarreal Buentello. Por otra parte, la especialista precisa que la Modalidad 40 no da derecho al servicio médico, pero ése se puede obtener por medio de la Modalidad 33 y son compatibles. Requisitos para tramitar la Modalidad 40 del IMSS: La edad con un mí­nimo de 60 aí±os 500 semanas de cotización ante el Seguro Social Baja de la empresa Una vez teniendo estos requisitos, es necesario saber que el seguro no emite una pensión del 100% con el simple hecho de cumplirlos, a continuación se muestra la tabla del porcentaje de pensión en relación con la edad: Edad Porcentaje de Pensión 60 / 75% 61 / 80% 62 / 85% 63 / 90% 64 / 95% 65 / 100% * Si la persona rebasa los 6 meses de edad entra al porcentaje próximo siguiente.
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