
Aprueba Congreso plan de multas para infractores de transporte público y privado.
Por Ernesto Acosta
Saltillo, Coah.- Luego de varios aí±os de operar sin control, el Gobierno del Estado sometió a los servicios de taxi tipo Uber, Didi e InDriver, que deberán cubrir varios requisitos y compartir sus ganancias con el Estado.<
A partir del próximo aí±o, las Empresas de Redes de Transporte deberán aportar al Estado 1.5% de sus ingresos por viaje realizado, en forma mensual.
El fondo recaudado se aplicará en proyectos de transporte, de acuerdo con las reformas a la Ley de Transporte y Movilidad Sustentable, aprobadas por el Congreso local.
Además, quienes ofrezcan este servicio sin contar con el registro o permiso correspondiente serán sancionados con multas desde 84 mil 490 pesos hasta 253 mil 470 pesos.
Igual multa aplicará para el concesionario, permisionario o titular de la concesión, sea de servicio entre particulares o transporte público, por permitir al operador conducir sin contar con el tarjetón.
Las unidades deberán contar con número económico en su exterior para seguridad de los usuarios y facilitar su identificación.
Además, se obliga a los conductores a tramitar y obtener la constancia de alta que ampare su registro en una empresa de redes de transporte, licencia de conducir y el tarjetón de identificación exclusivos para operadores del servicio de transporte entre particulares, que servirán para integrar una base de datos, lo que abonará a la seguridad.
Se establece que quien proporciona un servicio de ruta urbana, suburbana o intermunicipal, con concesión del servicio público de pasajeros de taxi, será sancionado con el retiro de circulación del vehículo y pagará multa de 30 a 50 veces el valor de la UMA, es decir, de 2 mil 534 a 4 mil 224 pesos.
Adiciones a la Ley:
-Por infracciones y sanciones, en caso de reincidencia no habrá descuento del 50% para cualquier conductor.
-Las unidades de transporte especializado de personal tendrán capacidad para 12 y hasta 45 pasajeros.
-Las unidades de transporte ejecutivo serán de 5 a 12 pasajeros, incluido el operador.
-Las licencias de conducir para chofer particular y motociclista serán de 2, 4 y 6 aí±os, en lugar de 2 aí±os.
-Establece requisitos para reposición por robo o extravío de licencias de conducir.
-Las concesiones se otorgarán preferentemente a las personas morales.
-Las personas morales o sociedades que constituyan los concesionarios serán responsables por el incumplimiento de la ley, en que incurran socios, representantes y trabajadores.
-La falta de registro de las Empresas de Redes de Transporte se castigará con multa de mil a 3 mil veces la unidad de medida y actualización (84.49), es decir, con pagos de 84 mil 490 pesos hasta 253 mil 470.