
Un juez federal negó en definitiva un amparo interpuesto por el ex director de Pemex
Por: Agencia ReformaCiudad de México.- Un juez federal negó en definitiva un amparo interpuesto por el ex director de Pemex, Emilio Lozoya, que buscaba frenar la resolución del INAI para hacer público el expediente de la investigación que lleva a cabo la Fiscalía General de la República sobre el caso Odebrecht.
El comisionado del INAI Joel Salas Suárez indicó que, de acuerdo con la sentencia, no hay razón jurídica para que el quejoso participe en la instancia en la que se ejerce el derecho a la información y dijo que pretender lo contrario es indefendible.
Salas abundó que la resolución, emitida por el Juez Primero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, además refiere que el INAI previó medidas para transparentar un actuar público sin detrimento de lo privado.
"Restan por resolver algunos amparos promovidos por servidores públicos de la FGR vs resolución del INAI para abrir el expediente", tuiteó el comisionado.
El amparo fue presentado por Lozoya contra una resolución del INAI del 2 de octubre de 2018, en la que instruyó a la entonces PGR hacer pública una de las averiguaciones previas del caso Odebrecht, argumentando la existencia de un interés público y el reclamo social del combate a la corrupción.
Esta resolución derivó de la solicitud de un particular que pidió a la PGR conocer el número de expedientes, los delitos y las actuaciones llevadas a cabo. La PGR contestó que se trata de una sola carpeta de investigación iniciada por los delitos de cohecho y enriquecimiento ilícito.
Respecto de las actuaciones, la PGR seí±aló que son reservadas debido a que darlas a conocer entorpecería su labor de investigación. Sin embargo, el INAI determinó que deben entregarse en versión pública, es decir, protegiendo datos confidenciales y diligencias que no hayan sido desahogadas.
Dos semanas después, el 15 de octubre, Lozoya presentó el amparo advirtiendo que el INAI violaba el derecho de protección del inocente en la investigación y la presunción de inocencia, previstos en el artículo 20 constitucional.
En la demanda, el ex funcionario también alegó que es inconstitucional el artículo 112 fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con el cual el INAI fundamenta su resolución.