
El cargo es honorario y la ley prohíbe pago alguno
Saltillo, Coah.-Â El Congreso del Estado exigió a los 38 ayuntamientos cumplir con la ley y garantizar que las presidentas de los DIF municipales no reciban sueldo, puesto que es un cargo honorario.
Juan Antonio García Villa, diputado, recordó que la Auditoría Superior del Estado ha denunciado varios casos en donde los ayuntamientos han incumplido con la norma.
Por ejemplo, en la revisión de la Cuenta Pública 2017, el órgano fiscalizador precisó que el Artículo 38 de la Ley de Asistencia Social y Protección de Derechos de Coahuila, establece lo que es un cargo honorario y que sus titulares no deben recibir remuneración alguna.
Si bien se trata de una norma estatal, su observancia es para los 38 municipios.
âHistóricamente los sistemas municipales han acostumbrado que el presidente honorario sea un familiar del alcalde. En la mayoría de los casos se nombra a la esposa del presidente municipal como la representante de la asistencia social en la administración correspondienteâ.
âSin embargo, con este diseí±o institucional pudiera actualizarse un posible conflicto de intereses. Es por ello que para que no exista este conflicto de intereses, la Ley establece que el puesto sea honorarioâ.
Al tratarse de un cargo honorario, la interpretación es que no amerita una percepción económica.
âAlgunas administraciones locales aplican el término honorario de forma distinta a la establecida en la legislación, según los hallazgos que la Auditoría Superior ha advertido dentro de sus facultades de fiscalización, toda vez que ha detectado como una práctica común que se otorgue un salario o remuneración a quien funge como presidente honorario de los sistemas municipales para el Desarrollo Integral de la Familiaâ.
El legislador expresó que esta práctica ocasiona daí±o al erario municipal.