
El titular de la Procuraduría de la Defensa del Trabajador declaró que el aguinaldo es un derecho irrenunciable de los trabajadores por lo que las empresas no pueden evitar pagarlo o reducirlo.
Por: Redacción
Piedras Negras, Coah.-Â Sin excepción alguna todas las empresas deberán pagar el aguinaldo a sus empleados antes del 20 de diciembre, dio a conocer Francisco Javier Fabela, titular de la Procuraduría de la Defensa del Trabajador.
El pago del aguinaldo es un derecho irrenunciable de los trabajadores, independientemente de las demás prestaciones, y el patrón, en ningún caso, puede argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades para no pagarlo o reducir su importeâ, subrayó.
Aclaró que esta remuneración, es obligatoria desde 1970, la deben recibir empleados de base, confianza, planta, sindicalizados y los contratados por obra, tiempo determinado o eventuales, así como los comisionistas, agentes de comercio, vendedores y otros semejantes que se rijan por la Ley Federal del Trabajo.
Seí±aló el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo seí±ala que quienes hayan laborado menos de un aí±o tienen derecho a que se les pague la parte proporcional al tiempo de servicio, independientemente de que ya no estén en la empresa o trabajen para una compaí±ía distinta.
Indicó que para el cálculo del aguinaldo se contemplan los periodos vacacionales, las licencias de maternidad, los descansos semanales y las incapacidades por riesgo de trabajo.
PARA SABER » Mencionó que los empleados que no reciban su aguinaldo a más tardar el 19 de diciembre pueden iniciar el trámite de juicio ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje por incumplimientos.