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Toma de posesión de nuevo presidente es día de descanso obligatorio

Los patrones ni las empresas tienen argumento alguno para no cumplir con la ley

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Los patrones ni las empresas tienen argumento alguno para no cumplir con la ley

Por: íngel Robles Estrada

La Ley Federal del Trabajo contempla en su artí­culo 74 que dentro de los dí­as festivos para descanso obligatorio esta la del 1 de diciembre de cada seis aí±os, esto con motivo del cambio de presidente de la república.

Así­ lo informó el Procurador del Trabajo, Francisco Javier Fabela, quien dijo que todo aquel empleado que le toque trabajar en dicha fecha, tiene derecho a que se le pague su descanso más el 200 por ciento.

Comentó que ni los patrones ni las empresas tienen argumento alguno para no cumplir con la ley, ya que dicho artí­culo se ha aplicado en otras ocasiones en las que entra un nuevo presidente de México.

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