Por unanimidad, el Pleno de la Corte invalidó hoy porciones de la ley del órgano Servicio Médico para los docentes
Por: Reforma
La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional que los derechohabientes de sistemas públicos de salud tengan que pagar por servicios médicos subrogados.
Por unanimidad, el Pleno de la Corte invalidó hoy porciones de la ley del órgano Servicio Médico para los Trabajadores de la Educación de Coahuila, por las que los maestros tienen que pagar por la atención que obtienen en clínicas y hospitales privados, ya sea que acudan directamente a ellos o que estén contratados vía subrogación por dicho órgano descentralizado.
"Los costos derivados de los servicios subrogados serán compartidos por el Servicio Médico y el derechohabiente en proporciones definidas anualmente por el Consejo de Administración en función de las posibilidades económicas del Servicio Médico", dice la ley, que fue impugnada en 2016 por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Lo mismo instruye respecto de tratamientos contratados directamente por el paciente con proveedores privados.
Los Ministros determinaron que cobrar a los derechohabientes viola derechos constitucionales de seguridad social y acceso a la salud, pues tanto los maestros como las dependencias que los emplean realizan aportaciones mensuales para acceder a esos servicios.
"Hay cotización de los trabajadores y de los pensionados para cubrir su servicio médico; entonces, la subrogación no puede ser con un cargo adicional o extra", afirmó el Ministro Javier Láynez.
José Ramón Cossío y Norma Pií±a fueron los únicos que votaron por invalidar totalmente el sistema de subrogación, tal y como está previsto en esta ley, por ser demasiado vago y amplio en cuanto a los servicios que se pueden subrogar.
"No digo que esté prohibida la subrogación, pero como es un derecho de carácter prestacional, tiene que tener condiciones muy claras", dijo Cossío.
El resto de los Ministros se opuso a eliminar totalmente el sistema de subrogación, debido a que se afectaría a los trabajadores que reciben estos servicios.
El Servicio Médico para los maestros de Coahuila existe desde 1960 y actualmente es un órgano público descentralizado, cuyo Consejo de Administración es controlado por la Sección 38 del SNTE, aunque también atiende a docentes de las Universidades Autónoma de Coahuila y Agraria Antonio Narro.
La versión de la ley analizada hoy, reformada en enero de 2016, menciona que su función es ofrecer "auxilio económico", y siete Ministros votaron por eliminar esta referencia, pues la misión fundamental del órgano es prestar la atención médica.
La mayoría de siete fue insuficiente para invalidar la referencia al "auxilio económico", que seguirá vigente.
