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Sanciones por retrasos de aerolíneas, vigentes en noviembre

A partir del mes siguiente entrará en vigor el sistema de compensaciones a pasajeros por retrasos imputables a las aerolíneas, según está marcado en la Ley de Aviación Civil.

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A partir del mes siguiente entrará en vigor el sistema de compensaciones a pasajeros por retrasos imputables a las aerolí­neas, según está marcado en la Ley de Aviación Civil.

Por: El Universal

Ciudad de México, 3 de octubre.- En seguimiento a la reforma de la Ley de Aviación Civil (LAC), la Cámara Nacional de Aerotransporte (Canaero) informó que las compensaciones a los pasajeros por retrasos de las aerolí­neas entrarán en operación en noviembre.

Canaero indicó que ha cumplido con el plazo establecido en los transitorios de la Ley, referentes al registro de las polí­ticas de compensación de las aerolí­neas que operan en el paí­s ante la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) y ante la Procuradurí­a Federal del Consumidor (Profeco) en caso de demoras.

En un comunicado, Sergio Allard, presidente de Canaero, dijo que las aerolí­neas ya cumplieron con el registro de las polí­ticas de compensación, pero su aplicación no es inmediata.

"El registro que realizaron las aerolí­neas ante la DGAC y Profeco responde al cumplimiento de la vigencia establecida en el transitorio séptimo a partir de la publicación de la reforma a la Ley en el Diario Oficial de la Federación, el pasado 26 de junio", agregó Allard.

A partir de noviembre, en caso de que el vuelo presente un retraso o demora imputable a la aerolí­nea de 1 a 2 horas, a los pasajeros les darán descuentos para vuelos posteriores y/o alimentos y bebidas.

Si el retraso es de 2 a menos de 4 horas, la compensación no podrá ser menor al 7.5% del precio del boleto.

Y si el vuelo se retrasa más de 4 horas, se considerará cancelado y la aerolí­nea deberá reintegrar el costo del pasaje más una indemnización no inferior al 25% del precio del boleto en un máximo de 10 dí­as naturales.

Canero agregó que en caso de que las polí­ticas de compensación de las lí­neas aéreas se modifiquen estás se deberán presentar ante la DGAC para su validación al menos quince dí­as naturales antes de su entrada en vigor.

Las aerolí­neas reafirmaron su posición para continuar transitando hacia las mejores prácticas internacionales, hacia el cumplimiento y aplicación de los tratados internacionales de la industria, en términos de lo establecido en el artí­culo 51 de la Ley de Aviación Civil, en beneficio de la seguridad y derechos del viajero.

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